Primer Concilio de Constantinopla
EnciCato
Este Concilio fue convocado en Mayo, 381, por el Emperador Teodosio para
proporcionar una sucesión Católica, en la sede patriarcal de Constantinopla,
confirmar el símbolo de fe de Nicea, reconciliar los simpatizantes Arrianos con
la Iglesia y poner fin a la herejía Macedonia.
Originalmente era sólo un Concilio de la Iglesia de Oriente; no tienen validez
los argumentos de Baronio (ad an. 381, nos. 19, 20) para probar que fue
convocado por el Papa Dámaso, (Hefele-Leclercq, Hist. des Conciles, Paris, 1908,
II, 4). Estuvieron presentes 150 obispos católicos y 36 obispos heréticos, y fue
presidido por Melecio de Antioquía. A su muerte, por los sucesivos Patriarcas de
Constantinopla, San Gregorio Nazianzeno y Nestorio.
Su primera medida fue la confirmación de Gregorio Nazianzeno como Obispo de
Constantinopla. Las Actas de este Concilio han desaparecido casi totalmente; su
desarrollo se conoce principalmente por las narraciones de los historiadores
eclesiásticos Sócrates, Sozomen y Teodoreto. Hay buenas razones para creer que
es un tratado formal (tomos) sobre la doctrina Católica de la Trinidad, también
en contra del Apolinarianismo; este documento importante se ha perdido, con la
excepción del primer canon del Concilio y su famoso Credo (Niceano -
Constantinopolitano). Este último es tradicionalmente tomado como una ampliación
del Credo de Nicea, con énfasis en la Divinidad del Espíritu Santo. Parece
tener, sin embargo, un origen más temprano, y fue probablemente compuesto
(369-373) por San Cirilo de Jerusalem como una expresión de la fe de esa Iglesia
(Bois), aunque su adopción por este Concilio, le da una autoridad especial,
tanto como credo bautismal, como fórmula teológica. Recientemente Harnack (Realencyklopadie
fur prot. Theol. und Kirche, 3rd ed., XI, 12-28), ha mantenido, sobre bases no
muy concluyentes, que fue después del Concilio de Calcedonia (451), que este
credo (la fórmula de Jerusalén con la adición de Nicea) fue atribuido a los
Padres de ese Concilio. En Calcedonia, sin duda, fue dos veces recitado y
aparece dos veces en las Actas de ese Concilio; fue también leído y aceptado en
el Sexto Concilio General que se tuvo en Constantinopla en el año 680. La
versión latina de su texto, muy antigua, se debe a Dionisio el Exiguo (Mansi,
Coll. Conc., III, 567).
Los Griegos reconocen siete cánones, pero las versiones latinas, más antigua
tienen cuatro; las otras tres, probablemente son adiciones posteriores (Hefele)
El primer canon es una importante condenación dogmática de todas las sombras de
Arrianismo, también del Macedonianismo y del Apolinarianismo
El segundo canon renueva la legislación de Nicea imponiendo sobre los Obispos la
observancia de los límites diocesanos y patriarcales
El cuarto canon declara inválida la consagración de Máximo, el filósofo Cínico,
rival de San Gregorio Nazianzeno, como Obispo de Constantinopla
El famoso tercer canon, declara que como Constantinopla es la Nueva Roma, el
Obispo de esa ciudad debería tener una preeminencia de honor posterior a la del
Obispo de la Vieja Roma. Baronio erróneamente mantuvo la no autenticidad de este
canon, mientras que algunos Griegos medievales mantienen (una tesis igualmente
errónea) que se declara la igualdad en todas las cosas entre el Papa y el Obispo
de la ciudad real. La razón puramente humana que sugiere este canon acerca de la
antigua autoridad de Roma, nunca fue admitida por la Sede Apostólica, quien
siempre reclama su supremacía en la sucesión de San Pedro. No le fue fácil a
Roma un reconocimiento de lo injustificable de esta reordenación entre los
antiguos patriarcados del Este. Fue rechazada por los delegados papales en
Calcedonia. San León Magno (Ep. cvi in P.L., LIV, 1003, 1005) declaró que este
canon nunca había sido sometido a la consideración de la Sede Apostólica y que
era una violación del orden establecido en Nicea. En el Octavo Concilio General
en 869, los delegados romanos (Mansi, XVI, 174) reconocieron a Constantinopla
como segunda en el rango de los patriarcados. En 1215, en el Cuarto Concilio
Laterano (op. cit., XXII, 991), esto fue admitido formalmente por el nuevo
patriarca Latino, y en 1439, en el Concilio de Florencia, por el patriarca
Griego (Hefele-Leclercq, Hist. des Conciles, II, 25-27). Los correctores romanos
de Graciano (1582), at dist. xxii, c. 3, insertaron las palabras: "canon hic ex
iis est quos apostolica Romana sedes a principio et longo post tempore non
recipit."
Al final de este Concilio, el Emperador Teodosio emitió un decreto imperial (30
de Julio), declarando que las iglesias debían restaurar a aquellos Obispos que
habían confesado la igualdad en la Divinidad del Padre, el Hijo y el Espíritu
Santo, y que estaban en comunión con Nestorio de Constantinopla y otros
importantes prelados Orientales a quienes mencionaba. El carácter ecuménico de
este Concilio, entre los Griegos parece que data desde el Concilio de Calcedonia
(451). De acuerdo a Focio (Mansi, III, 596) el Papa Dámaso lo aprobó; pero si
cualquier parte del Concilio fue aceptada por este Papa, solo pudo haber sido el
credo antes mencionado. En la última mitad del siglo quinto los sucesores de
León Magno, se mantienen en silencio respecto a este Concilio. Su mención en el
llamado "Decretum Gelasii", hacia el final del siglo quinto, no es original sino
una inserción posterior en ese texto (Hefele). Gregorio Magno, siguiendo el
ejemplo de Vigilius y Pelagio II, lo reconoce como uno de los cuatro concilios
generales, pero solo en sus declaraciones dogmáticas (P.G., LXXVII, 468, 893).
THOMAS J. SHAHAN
Transcrito por Sean Hyland
Traducido por Hugo Barona Becerra