COLECCIÓN
NUEVA EVANGELIZACIÓN Nº 9
LITURGIA El
don de la Indulgencia Presentación
En su reciente Carta Apostólica, "Novo Millennio Ineunte", (El Nuevo Milenio que comenzamos), promulgada al concluir el Gran Jubileo del Año 2000, Su Santidad Juan Pablo II señala que en el tercer milenio cristiano le espera a la Iglesia una apasionante tarea de renacimiento pastoral. Este renacimiento pastoral va a suponer que todos los bautizados, es decir, todos los hijos de la Iglesia, sin excepción, tomen parte activa en la obra de la Nueva Evangelización.
En dicha Carta Apostólica, el Santo Padre es enfático en señalar:
«No dudo en decir que la perspectiva en la que debe situarse el camino pastoral es el de la santidad. ¿Acaso no era éste el sentido último de la Indulgencia jubilar, como gracia especial ofrecida por Cristo para que la vida de cada bautizado pudiera purificarse y renovarse profundamente? Espero que, entre quienes han participado en el Jubileo, hayan sido muchos los beneficiados con esta gracia, plenamente conscientes de su carácter exigente. Terminado el Jubileo, empieza de nuevo el camino ordinario, pero hacer hincapié en la santidad es más que nunca una urgencia pastoral» (Novo Millennio Ineunte, N. 30).
Con gran claridad Juan Pablo II nos recuerda que la ansiada Civilización del Amor será el fruto de una renovada floración de santidad y que, si bien no hay mayor tristeza que la de no ser santos, no es menos cierto que no hay mayor irresponsabilidad para los tiempos que nos han tocado vivir que la de no trabajar responsablemente por nuestra santidad. Se trata entonces de colaborar con la gracia que el Espíritu del Señor derrama generosamente en nuestros corazones. Hay pues una íntima relación entre santidad y evangelización.
Debemos ser muy conscientes que el primer campo de apostolado somos cada uno de nosotros, ya que nadie puede dar lo que no tiene. Si evangelizar es anunciar al Señor Jesús en primera persona, como quien se ha encontrado personalmente con Él, el trabajo responsable por la propia santidad es imprescindible para la fecundidad apostólica. De ahí que el Santo Padre nos haya puesto como primera exigencia pastoral en el Nuevo Milenio la santidad que es la vocación universal de todo bautizado.
Por otro lado, el Papa nos recuerda en el texto que hemos citado que uno de los signos que más ha caracterizado al Gran Jubileo del Año 2000 fue, sin lugar a dudas, el don de la Indulgencia jubilar. En la Arquidiócesis de Lima ha sido conmovedor ver como miles y miles de hermanos nuestros en la fe han visitado a lo largo del Año Santo las iglesias jubilares de nuestra Arquidiócesis con el fin de ganar la Indulgencia Plenaria. Asimismo, el testimonio de muchos sacerdotes entregando generosamente su tiempo y dedicación en el confesionario para ofrecer el sacramento de la reconciliación a lo largo de este año ha sido un testimonio muy edificante.
El Año Santo 2000 ha sido una ocasión maravillosa para que muchos descubran el don de la Indulgencia como medio de purificación y santificación en sus vidas y un tiempo precioso también para revalorizar e impulsar la pastoral del sacramento de la penitencia. Hoy, una vez concluido el Año Santo, ya en el Tercer Milenio en que retomamos el camino ordinario, muchos se preguntan, ¿y el don de la Indulgencia Plenaria se puede aún ganar? Y si se puede, ¿de qué forma?
El presente trabajo busca ser una respuesta positiva a esa pregunta y presentar el elenco de aquellas obras enriquecidas con el don de la Indulgencia Plenaria que todos los fieles cristianos podemos ganar durante el año, todos los años. De esta manera dispondremos de un medio más para crecer en aquella santidad de vida que constituye la primera de todas las urgencias pastorales de la Iglesia, ahora que Ella ha cruzado con paso firme el umbral de la esperanza del Nuevo Milenio. Es oportuno señalar que tanto las normas como el elenco de las Indulgencias Plenarias que se presenta en esta publicación está tomado del «Manual de las Indulgencias», publicado por la Penitenciaría Apostólica de la Santa Sede.
Finalmente, quiero dirigirme a los sacerdotes de mi Arquidiócesis para reiterarles aquella prioridad que les señalaba en mi reciente Carta Pastoral, «El Camino de la Conversión», de octubre de 2000, cuando pedía que «en todas las parroquias, capellanías, colegios, hospitales y centros de evangelización se debe establecer un horario para la atención de confesiones, no menor a dos horas diarias», ya que poner el tesoro de las Indulgencias al alcance de todos supone la práctica constante de este sacramento, que es el camino ordinario para obtener el perdón y la remisión de los pecados graves cometidos después del Bautismo.
Y en unión con el Santo Padre Juan Pablo II quiero también decirles:
«Deseo pedir, además, una renovada valentía pastoral para... proponer de manera convincente y eficaz la práctica del Sacramento de la Reconciliación... El Año Jubilar, que se ha caracterizado particularmente por el recurso a la Penitencia sacramental nos ha ofrecido un mensaje alentador, que no se ha de desperdiciar: si muchos, entre ellos tantos jóvenes, se han acercado con fruto a este sacramento, probablemente es necesario que los Pastores tengan mayor confianza, creatividad y perseverancia en presentarlo y valorizarlo. ¡No debemos rendirnos, queridos hermanos sacerdotes, ante las crisis contemporáneas! Los dones del Señor —y los Sacramentos son de los más preciosos— vienen de Aquél que conoce bien el corazón del hombre y es el Señor de la historia». (Carta Apostólica, Novo Millennio Ineunte, N. 37).
Con mi bendición pastoral,
Lima, 25 de enero de 2001 Fiesta de la Conversión del Apóstol San Pablo
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JUAN LUIS CIPRIANI THORNE
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Capítulo I NATURALEZA DE LAS INDULGENCIAS
La doctrina y el uso de las Indulgencias, vigentes en la Iglesia Católica desde hace muchos siglos, se basan en el sólido fundamento de la revelación divina transmitida por los apóstoles. En ellas se manifiesta la plenitud de la misericordia del Padre, que sale al encuentro del ser humano con todo su amor para darle el don pleno de la reconciliación. Con ocasión del Gran Jubileo del Año Santo 2000, recientemente clausurado, el Santo Padre Juan Pablo II decía de ellas: «La Iglesia que ha recibido de Cristo el poder de perdonar en su nombre (ver Mt 16,19; Jn 20,23), es en el mundo la presencia viva del amor de Dios que se inclina sobre toda debilidad humana para acogerla en el abrazo de su misericordia. Precisamente a través del ministerio de su Iglesia, Dios extiende en el mundo su misericordia mediante aquel precioso don que, con nombre antiguo, se llama "Indulgencia"» (Bula de Convocación del Gran Jubileo del año 2000, N. 9). Pero, ¿qué son las Indulgencias? Con el Catecismo de la Iglesia Católica afirmamos que: «La Indulgencia es la remisión ante Dios de la pena temporal por los pecados, ya perdonados, en cuanto a la culpa, que un fiel dispuesto y cumpliendo determinadas condiciones consigue por mediación de la Iglesia, la cual, como administradora de la redención, distribuye y aplica con autoridad el tesoro de las satisfacciones de Cristo y de los santos. La Indulgencia es parcial o plenaria según libere de la pena temporal debida por los pecados en parte o totalmente. Todo fiel puede ganar para sí mismo o aplicar por los difuntos, a manera de sufragio, las Indulgencias tanto parciales como plenarias» (CIC, n. 1471). ¿Cómo entender de mejor manera la enseñanza y la práctica de la Iglesia sobre las Indulgencias? Para entender la doctrina y la práctica de la Iglesia acerca de las Indulgencias, es preciso recordar que el pecado tiene una doble consecuencia: genera en nosotros una "pena eterna" y una "pena temporal". Recurramos nuevamente al Catecismo de la Iglesia Católica para comprender mejor esta enseñanza: «El pecado grave nos priva de la comunión con Dios y por ello nos hace incapaces de la vida eterna, cuya privación se llama la "pena eterna" del pecado. Por otra parte, todo pecado, incluso venial, entraña apego desordenado a las criaturas que tienen necesidad de purificación, sea aquí abajo, sea después de la muerte, en el estado que se llama Purgatorio. Esta purificación libera de lo que se llama "pena temporal" del pecado... El perdón del pecado y la restauración de la comunión con Dios entrañan la remisión de las penas eternas del pecado. Pero las penas temporales del pecado permanecen. El cristiano debe esforzarse, soportando pacientemente los sufrimientos y las pruebas de toda clase y, llegado el día, enfrentándose serenamente con la muerte, por aceptar como una gracia estas penas temporales del pecado; debe aplicarse, tanto mediante las obras de misericordia y de caridad, como mediante la oración y las distintas prácticas de penitencia, a despojarse completamente del "hombre viejo" y a revestirse del "hombre nuevo" (ver Ef 4,24)». (CIC, nn. 1472-1473). De lo anteriormente dicho podemos concluir que si bien por el sacramento de la Penitencia se nos perdona la "pena eterna del pecado", la Indulgencia es uno de los medios a través de los cuales se nos perdonan las "penas temporales del pecado". Finalmente, es bueno indicar que son los méritos de la Pasión, Muerte y Resurrección del Señor Jesús, a los que se suman los méritos de todos santos, los que hacen posible para uno la remisión ante Dios de la pena temporal por los pecados, ya perdonados, en cuanto a la culpa. El Santo Padre Juan Pablo II nos lo explicaba así en el Año Santo 2000: «La Revelación enseña que el cristiano no está solo en su camino de conversión. En Cristo y por medio de Cristo la vida del cristiano está unida con un vínculo misterioso a la vida de todos los demás cristianos en la unidad sobrenatural del Cuerpo místico. De este modo se establece entre los fieles un maravilloso intercambio de bienes espirituales, por el cual la santidad de uno beneficia a los otros mucho más que el daño de su pecado les haya podido causar. Hay personas que dejan tras de sí como una carga de amor, de sufrimiento aceptado, de pureza y verdad, que llega y sostiene a los demás. Es la realidad de la "vicariedad", sobre la cual se fundamenta todo el misterio de Cristo. Su amor sobreabundante nos salva a todos. Sin embargo, forma parte de la grandeza del amor de Cristo no dejarnos en la condición de destinatarios pasivos, sino incluirnos en su acción salvífica y, en particular, en su pasión. Lo dice el conocido texto de la carta a los Colosenses: "Completo en mi carne lo que falta a las tribulaciones de Cristo, a favor de su Cuerpo, que es la Iglesia" (Col 1,24)... Esto es lo que se quiere decir cuando se habla del "tesoro de la Iglesia" que son las obras buenas de los santos. Rezar para obtener la Indulgencia significa entrar en esta comunión espiritual, y por lo tanto abrirse a los demás». (Bula de Convocación del Gran Jubileo del año 2000, N. 10).
Capítulo II PRINCIPIOS Y PASOS A SEGUIR PARA
GANAR EL DON
Para poder ganar correctamente el don de la Indulgencia Plenaria hay que tener claro algunos principios y seguir algunos pasos. Estos son:
Es oportuno señalar que con una sola confesión sacramental pueden ganarse varias Indulgencias. Conviene, no obstante, que se reciba frecuentemente la gracia del sacramento de la Penitencia, para ahondar en la conversión y en la pureza de corazón. En cambio, con una sola comunión eucarística y una sola oración por las intenciones del Santo Padre sólo se gana una Indulgencia Plenaria. La condición de orar por las intenciones del Sumo Pontífice se cumple si se reza a su intención un solo Padrenuestro y Avemaría; pero se concede a cada fiel cristiano la facultad de rezar cualquier otra fórmula, según su piedad y devoción. ¿Por qué son necesarias la confesión sacramental y la comunión eucarística? Porque así expresamos que la verdadera conversión del corazón conduce a la comunión con Cristo en los Sacramentos. No olvidemos que el Señor Jesús es nuestra "Indulgencia" y que Él es la "propiciación por nuestros pecados" (1 Jn 2,2). ¿Por qué orar por las intenciones del Romano Pontífice? Porque a través de nuestra oración por las intenciones del Santo Padre, testimoniamos nuestra comunión con la Iglesia. No olvidemos que el don de la Indulgencia se consigue gracias a la mediación de la Iglesia.
Capítulo III ELENCO DE ORACIONES, VISITAS Y OBRAS QUE
GOZAN DEL DON
Se concede Indulgencia Plenaria:
Tantum Ergo Tantum
ergo Sacramentum Genitori,
Genitoque Amen.
V/. Panem de caelo praestitístis eis R/. Que contiene en sí R/. Omne delectamentum in se habentem.
Oremus: Deus,
qui nobis sub Qui
vivis et regnas in saecula
Adorad Postrados Adorad
postrados Amén.
V/. Les diste pan del cielo R/. Que contiene en sí todo deleite
Oremos: Oh
Dios, Tú
que vives y reinas
5. Bendición Papal Se concede Indulgencia Plenaria al fiel cristiano que reciba devotamente, aunque sea sólo a través de la radio o la televisión, la bendición «Urbi et Orbi», impartida por el Sumo Pontífice o por el Obispo a los fieles encomendados a su cuidado pastoral. 6. Comunión Eucarística Se concede Indulgencia Plenaria: - Tanto a los fieles cristianos que por primera vez se acercan a la sagrada comunión (Primera Comunión) como a los que con piedad los acompañan en esa ocasión. - Al fiel cristiano que en cualquiera de los viernes de cuaresma reciba devotamente la comunión y después haga la «Oración a Jesús Crucificado» delante de un crucifijo. «Oración a Jesús Crucificado» Mírame, oh mi amado y buen Jesús, postrado en tu santísima presencia. Te ruego, con el mayor fervor, que imprimas en mi corazón vivos sentimientos de fe, esperanza y caridad, dolor de mis pecados y verdadero propósito de jamás ofenderte; mientras que yo, con todo mi amor y compasión, voy considerando tus cinco llagas, teniendo presente aquello que dijo de ti, Dios mío, el santo profeta David: "Han taladrado mis manos y mis pies y se pueden contar todos mis huesos" (Sal 21,17).» 7. Ejercicios Espirituales Se concede Indulgencia Plenaria al fiel cristiano que practique ejercicios espirituales al menos durante tres días íntegros.
Se concede Indulgencia Plenaria: - Al fiel cristiano que el Viernes Santo asista piadosamente a la adoración de la Cruz en la solemne celebración de la Pasión del Señor. - Al fiel cristiano que practique el piadoso ejercicio del «Vía Crucis». Para ganar la Indulgencia Plenaria en este caso se establece lo siguiente:
Se concede Indulgencia Plenaria, aplicable sólo a las almas del purgatorio:
Esta Indulgencia Plenaria también podrá ganarse siempre a favor de las almas del purgatorio con el permiso del Ordinario del lugar (el Obispo), el domingo anterior o posterior a Solemnidad de Todos los Santos (1 de noviembre) y en el mismo día de esta Solemnidad.
Se concede Indulgencia Plenaria:
En la Arquidiócesis de Lima son Basílicas Menores:
En la Arquidiócesis de Lima son Santuarios: - El Señor de los Milagros de Nazarenas (Centro de Lima). - El Sagrado Corazón de Jesús (San Pedro, Centro de Lima). - La Virgen del Carmen (Barrios Altos). - Nuestra Señora de Copacabana (Rímac). - Santa Rosa de Lima (Centro de Lima).
22. Visita Pastoral Se concede Indulgencia Plenaria al fiel cristiano que durante la visita pastoral asista a la celebración litúrgica que preside el visitador.
Lima, 25 de enero de 2001 Fiesta de la Conversión del Apóstol San Pablo
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JUAN LUIS CIPRIANI THORNE
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