El
Camino Neocatecumenal reconocido como «catecumenado post-bautismal»
Ceremonia de entrega oficial de los Estatutos
CIUDAD DEL VATICANO, 28 junio 2002 (ZENIT.org).-
Después de cinco años de trabajo, la Santa Sede ha aprobado los Estatutos
del Camino Neocatecumenal, surgida en .
Según datos actualizados, el Camino Neocatecumenal cuenta con 16.700
comunidades en 105 países, repartidas en 883 diócesis y 4.950 parroquias.
Siguen este camino un millón de personas repartidas en todo el mundo, así
como 1.457 seminaristas, 63 diáconos y 731 presbíteros.
El decreto de aprobación, con fecha de la festividad de San Pedro y San
Pablo, fue entregado solemnemente este viernes a los iniciadores del Camino,
Kiko Argüello y Carmen Hernández, y al padre Mario Pezzi, por el cardenal
James Francis Stafford, presidente del Consejo Pontificio para los Laicos,
organismo vaticano al que el Santo Padre ha confiado la misión de acompañar
la redacción de los Estatutos.
El Camino Neocatecumenal no ha sido aprobado como una asociación, un
movimiento o una congregación religiosa, sino, respetando y confirmando la
intención de sus iniciadores, como un itinerario de iniciación cristiana
para el redescubrimiento del Bautismo, es decir un catecumenado post-bautismal
(Cf. Estatutos, artículo 1) al servicio de las diócesis y de las parroquias.
En la aprobación de los Estatutos del Camino han participado cinco organismos
vaticanos: además del Consejo Pontificio para los Laicos, han ofrecido su
parecer la Congregación para la Doctrina de la Fe, la Congregación para el
Culto Divino, la Congregación para el Clero, y la Congregación para la
Educación Católica.
Esta aprobación formaliza y precisa el reconocimiento del Santo Padre
expresado en una carta (30 agosto 1990), donde afirmaba: «Reconozco el Camino
Neocatecumenal como un itinerario de formación católica válido para la
sociedad y los tiempos de hoy».
El aspecto más complicado de la elaboración de los Estatutos ha consistido
en encontrar una fórmula jurídica adecuada para esta nueva realidad
eclesial, que no es ni una «asociación» ni una «fundación».
Al ser considerado como «Iniciación Cristiana», el Camino, según los
Estatutos, se pone al servicio de las diócesis y de los párrocos sin
constituirse en una entidad autónoma.
Los Estatutos se componen de 35 artículos. En el primer artículo se expresa
la naturaleza del Camino y se describen los cuatro bienes espirituales que
constituyen el Camino Neocatecumenal: el neocatecumenado o catecumenado
postbautismal; el catecumenado para no bautizados; la educación permanente de
las comunidades que continúan en la parroquia después de terminar el
neocatecumenado; y el servicio a la catequesis, como por ejemplo, la vuelta al
método primitivo de evangelizar por medio de equipos itinerantes dispuestos a
ir por todo el mundo en virtud del mandato de su Bautismo.
En el segundo artículo se establecen las modalidades en que el Camino desempeña
su servicio: en la diócesis «bajo la dirección del obispo» (Cf. artículo
2, 1°) y «según las líneas propuestos por los iniciadores» (Cf. artículo
2, 2°).
Quien promueve la iniciación cristiana es el obispo (Cf. artículo 26),
aclara el documento, a quien se le ofrece en el Camino un instrumento aprobado
por la Santa Sede y configurado según las indicaciones de los Estatutos.
En los últimos artículos se especifican las modalidades previstas para la
sucesión del equipo de los iniciadores del Camino Neocatecumenal.