LYON, CONCILIOS DE
Se denominan así los dos Conc. ecuménicos celebrados en la ciudad de L. en los
años 1245 y 1274, XIII y XIV del total de los ecuménicos.
l. El primer Concilio lugdunense. Fue convocado por Inocencio IV (v.) para
intentar resolver el conflicto que oponía al Papa y al Emperador desde los
pontificados anteriores (V. FEDERICO II; GREGORIO IX; GÜELFOS y GIBELINOS).
Inocenco envió sus cartas de invitación el 3 en. 1245 bajo la divisa Iustitia et
Pax y convocó al Emperador al Concilio. La elección de L., cuyas vías de acceso,
tanto para el Imperio, como para el reino de Francia eran excelentes, se explica
muy bien por su posición geográfica. A pesar de esto, el número de padres fue
mucho menos elevado que en los precedentes Concilios medievales debido a las
circunstancias políticas. Aunque los prelados franceses y españoles fueron
bastante numerosos, hubo pocos italianos e ingleses. No asistió ningún obispo
alemán, porque el Emperador les había prohibido participar; tampoco hubo ningún
obispo húngaro, pues su país estaba entonces ocupado por los tártaros.
El Emperador latino de Constantinopla, acompañado de su Patriarca, Nicolás
de Arquato, el Patriarca Alberto de Antioquía y el obispo Valeriano de Beirut
representaban a los cristianos de Tierra Santa. Federico II, el Emperador de
Alemania, acusado ante la asamblea, era defendido por su abogado Tadeo de Sessa
y sus colaboradores. En total, apenas asistieron doscientos o trescientos
prelados, de los que eran obispos 140. El abogado del Emperador puso como
pretexto, para acusar al Papa, el haber convocado sólo a los enemigos de
Federico Il. Inocencio IV refutó esta afirmación personalmente. Según la
costumbre, había convocado a todos los metropolitanos, que habían recibido el
encargo de trasmitir la invitación a sus sufragáneos. Por primera vez, habían
sido invitados al lado de los abades de Cluny, de Citeaux y de Clairvaux, los
superiores generales de las nuevas órdenes, Juan de Parma por los franciscanos y
Juan el Teutónico por los dominicos.
Antes de la apertura solemne de los trabajos, los padres conciliares se
reunieron en una sesión preparatoria de trabajo el 26 de junio en la colegiata
de San justo. El primero en tomar la palabra fue el patriarca latino de
Constantinopla, Nicolás de Arquato, que señaló los progresos de los bizantinos.
El Emperador de Nicea había impulsado la reconquista hasta las puertas de
Constantinopla (v. LATINO, IMPERIO). La delegación inglesa reclamó la
canonización del arzobispo de Canterbury, Edmundo de Abdington, que había muerto
hacía poco, en 1240. Inocencio dio de lado a la reclamación prometiendo ocuparse
de ella más tarde. Edmundo de Abdington fue canonizado el 16 dic. 1246. Tadeo de
Sessa tomó entonces la palabra para decir que Federico II quería combatir a los
tártaros y a los sarracenos, que tomaba a su cargo las dificultades de Tierra
Santa y que indemnizaría a la Iglesia por las pérdidas que sus tropas le habían
infligido. Inocencio IV no quiso creer en estas nuevas promesas. Tadeo sugirió
que los reyes de Francia y de Inglaterra salieran fiadores de la buena fe de su
maestro, pero el Papa rechazó este argumento subrayando que si Federico faltaba
a su palabra, él se vería obligado a perseguir a los dos soberanos que habían
sido sus fiadores, en cuyo caso el Papa tendría, no un enemigo, sino tres.
Terminó esta sesión sin que pudiera llegarse a un acuerdo.
El Concilio celebró tres sesiones solemnes, la de apertura el 28 de junio
en la catedral de S. Juan, la segunda, el 5 de julio, y la de clausura, el 17 de
julio. Inocencio IV escogió como tema de su discurso inaugural las cinco llagas
que, a imitación de su divino fundador, padecía la Iglesia y que, por tanto,
debían ser las preocupaciones del Concilio: la corrupción de costumbres de los
clérigos y de los laicos; la situación angustiosa de Tierra Santa; el cisma de
los griegos y la supervivencia del Imperio latino; la invasión de los tártaros y
la persecución de la Iglesia por el emperador Federico II. Acentuó con vigor
este último punto, subrayando el Papa que el Emperador jamás cumplía sus
promesas y que no respetaba los pactos que le obligaban. Tadeo respondió con una
hábil defensa en la que justificó a su señor, convenciendo a muchos, sobre todo
entre los franceses y los ingleses, mientras los españoles seguían siendo
resueltamente partidarios del Romano Pontífice. En la segunda sesión, el 5 de
julio, dedicada a la prueba testifical, el arzobispo de España (probablemente el
arzobispo de Toledo o el de Tarragona) atestiguó la opresión que la Iglesia
había tenido que sufrir por parte del Emperador. El obispo Pedro de Carinola,
cerca de Capua, hizo una matizada declaración en la que mostró, por un lado, la
vida ignominiosa del príncipe y, por otro, su voluntad de reforma. Hubo
testimonios muy numerosos que fueron humillantes para el Emperador. Muchos
prelados le reprocharon la captura de los obispos y los malos tratos sufridos
por ellos en 1241, cuando Federico II se había opuesto a la celebración de un
Concilio en Roma. En muchas ocasiones se le acusó de herejía. Tadeo fue menos
persuasivo que la primera vez y reclamó el aplazamiento de la tercera sesión
hasta la llegada del Emperador. Inocencio IV limitó la nueva demora a una semana
y convocó a la asamblea para el día 17.
Entre tanto, el Concilio preparó sus decisiones y en dos ejemplares hizo
una compilación de los documentos en los que se hacía por parte de los
emperadores, de los soberanos y otros detentadores del poder público alguna
concesión a la Santa Sede. Con esta compilación, llamada comúnmente después los
Transsumpta de Lyon, el Papado quería apoyar sus pretensiones frente al
Emperador y a los otros reyes. Se dio a cada padre conciliar un resumen de las
acusaciones contra Federico y se le pedía su opinión sobre la sentencia de
deposición. Todos los prelados interrogados estuvieron de acuerdo en la sanción
y sellaron la condenación final. Su número se eleva a 15l. Probablemente algunos
padres prefirieron abstenerse a causa de sus lazos personales con el Emperador.
El 17 de julio, a pesar de la ausencia de éste y de la delegación anunciada, se
abrió la sesión como estaba previsto. Inocencio IV, después de la audición de
los decretos de reforma y de cinco constituciones (reforma de la Iglesia; ayuda
al imperio latino; Tierra Santa; cruzada; defensa contra los tártaros), hizo que
se leyeran los Transsumpta. Los ingleses protestaron a propósito de algunos
textos y Tadeo de Sessa se levantó para una última defensa. Sostuvo que la
convocación del Emperador no había sido hecha según las leyes, y de antemano
apeló «al futuro papa y a un Concilio verdaderamente ecuménico». El Papa
respondió dulce y modestamente (humiliter et benigne) que el Concilio era
verdaderamente ecuménico y que si no había más obispos la culpa era del
Emperador, que les había prohibido asistir. Afirmó públicamente que sus
intenciones habían sido afectuosas respecto al Emperador, a quien siempre había
advertido con anterioridad. Los representantes de los reyes de Francia y de
Inglaterra se aprovecharon de esto para intentar ganar tiempo. Pero apoyado por
la gran mayoría de la asamblea, Inocencio IV mantuvo su decisión y se dio
lectura a la bula de deposición. No parece que haya habido una nueva excomunión.
Inmediatamente después, fue disuelto el concilio.
Al lado de esta medida esencial, sin embargo, se aprobaron una serie de
cánones. La mayor parte de ellos trataban de las condiciones del ejercicio de la
justicia eclesiástica. El can. 13 establecía la obligación que tenían los
titulares de los beneficios mayores de hacer el inventario de los bienes de la
Iglesia recibidos al comienzo del ejercicio de su cargo. Les prohibía además
alienarles o darles en prenda. Les obligó a pagar sus deudas y a este efecto fue
previsto todo un sistema de contabilidad y de control para esta categoría
superior de beneficiarios. El can. 14 puso un impuesto a todos los beneficios
eclesiásticos en provecho del Imperio latino de Constantinopla, expuesto a los
constantes ataques de los musulmanes. Constituyó en deber para los cristianos el
resistir a los tártaros y el fortificar las fronteras contra ellos. En fin, el
can. 17 tomó de nuevo el decreto del I V Conc. de Letrán de 1215, reglamentando
las disposiciones de la cruzada y generalizando sus efectos. A pesar de este
conjunto de textos, este concilio no aparece como uno de los más fecundos de la
Edad Media.
BIBL.: Las actas del primer Concilio de L. se han perdidó. Se ha conservado solamente un resumen oficioso, hecho por uno de la curia, la Brevis Nota, ed. por L. WEILAND, en MGH, Constitutiones, IL513-516. Se encuentra un informe detallado pero no siempre fiel en las Chronica majora de M. PARIS, ed. H. R. LUARD (Rolls series 57), 7 vol., Londres 1872-83, IV,18-77.
JEAN CHÉLINI.
Cortesía de Editorial Rialp. Gran Enciclopedia Rialp, 1991